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La policía local de Santa Cruz solo ha utilizado las pistolas eléctricas en el pasado Carnaval

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Los agentes de la Policía Local de Santa Cruz solo han tenido que utilizar las pistolas eléctricas (dispositivos eléctricos de control) en una ocasión desde que se autorizó su uso durante los pasados carnavales. El Cuerpo Local de Seguridad dispone de 20 armas de este tipo.

El único caso en que los policías tuvieron que recurrir a este dispositivo, demandado por otros cuerpos y fuerzas de seguridad al resultar menos invasivo que las pistolas de fuego reglamentarias, tuvo lugar hace unos meses y se utilizó para reducir a un ciudadano que presentaba una actitud muy violenta con los agentes.

Estas pistolas, cuando son disparadas y entran en contacto con el cuerpo humano generan una descarga eléctrica que paraliza al que lo recibe.

Sin embargo, no pueden ser utilizadas por cualquier agente, pues su uso está restringido a aquellos que han superado una determinada formación, según establece el «Proyecto de Orden por la que se homogeneizan los medios técnicos y defensivos de las Policías Locales de Canarias y se establecen criterios básicos de seguridad para su personal».

«Solo podrá portar y utilizar el DEC aquel personal de la policía local que haya superado un curso de operador básico, como mínimo, ya sea organizado por el centro directivo de la Consejería competente en materia de formación de Policías Locales o por el área de formación del Ayuntamiento correspondiente», fija la normativa. En la capital se han formado treinta agentes para portar estas armas.

El área de Seguridad Ciudadana de Santa Cruz, entonces con Zaida González (PP) al frente, adquirió las pistolas eléctricas, conocidas como pistolas táser, a finales del año 2018, pero su utilización no se autorizó hasta principios de este año. Su coste rondó los 1.000 euros por ejemplar. El modelo elegido fue el más moderno del mercado. El coste total rondó los 23.000 euros.

Junto a las pistolas se compraron unas pequeñas cámaras para grabar las actuaciones policiales. Se activan en cuanto el agentes desenfunda y graban su intervención.

Esta semana se conoció que el municipio de Los Realejos también haba adquirido varios dispositivos de este tipo, y hace unos días también aprobó su compra el Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, en La Palma.

Desde la Concejalía de Seguridad Ciudadana de Santa Cruz, que ahora dirige el concejal del PSOE, Florentino Guzmán, se informó ayer de que no se van comprar nuevas pistolas eléctricas, pues se entiende que las que hay son suficientes, y se remarcó que el objetivo ahora es aumentar la plantilla de agentes, en la que existe un déficit de efectivos.

Cabe recordar al respecto que en estos momentos hay convocada una oposición para cubrir un total de treinta y ocho plazas de policía local, con más de 550 aspirantes, y en el año 2020 se publicará una nueva oferta de empleo público con nuevas plazas de agente.

 

Dispositivos controlados

La orden del Gobierno de Canarias establece unos requisitos muy estrictos tanto para su utilización como para su conservación. Por ejemplo, en cada dependencia de la Policía Local existirá un libro de control de entrega y depósito de cada unidad DEC (Dispositivo Electrónico de Control), dejando constancia de la entrega y recogida de estos al comienzo y a la finalización del servicio al personal funcionario designado en cada momento. Además, el DEC nunca se depositará en el vehículo policial, siempre se portará por el personal funcionario de la policía local que tenga el arma no letal asignada. En ningún caso se podrá prestar o ceder el DEC a cualquier persona, así como intercambiársela entre policías, ni depositarla en vehículos, aunque estos se estacionen en dependencias policiales, incluso vigilados. El DEC se utilizará, entre otras, en aquellas situaciones donde una persona esté amenazándose a sí misma, a la propia policía o a una tercera persona con uso de armas blancas o de la fuerza física y se aprecie que el uso de otros medios de control pueden no ser razonables para el riesgo implícito o causar daños a las personas intervinientes o a terceras personas.

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